TÉRMINOS Y CONDICIONES DE CONTRATACIÓN DE LOS PLANES DE ASISTENCIA LEGAL PARA SERVICIO ACTIVO, PASIVO Y CIVILES

Los presentes Términos y Condiciones de Contratación crean un contrato entre usted y la compañía PL ABOGADOS S.A. (el «Acuerdo»). Lea el Acuerdo detenidamente:

PRIMERA. DEFINICIÓN DEL SERVICIO.- Consiste en la prestación de la asistencia jurídica -en el marco de los planes de asistencia jurídica contratados- efectuada por parte de PL ABOGADOS.

SEGUNDA. ANTECEDENTES. – PL ABOGADOS es una compañía legalmente constituida en el Ecuador, que ofrece servicios legales especializados y de alta calidad a personas naturales y jurídicas de toda índole.   En el marco de la prestación de servicios y responsabilidad social empresarial ofrece planes de asistencia jurídica prepagados, entre ellos, los planes policiales para servicio activo, pasivo y civiles bajo las condiciones del presente documento.  Cualquier persona que desee acceder, usar o suscribirse a nuestros servicios deberá sujetarse a estos términos y condiciones que se establecen en este documento y en todo el sitio web.

TERCERA. OBJETO. – El objeto de este acuerdo es la prestación por parte de PL ABOGADOS de los planes de asistencia legal, que a su vez contiene 1. Asistencia Legal Esencial Servicio Activo. 2. Asistencia Legal Esencial Servicio Pasivo y Civiles; cada uno descrito en este documento.  La persona que adquiera cualquiera de nuestros planes de asistencia jurídica prepago adquirirá la condición de AFILIADO una vez que se efectivice el pago mensual correspondiente, dependiendo del medio de pago elegido.

CUARTA. UTILIZACIÓN DEL SERVICIO.- Podrán acceder a este servicio los servidores policiales en servicio activo, los servidores policiales en servicio pasivo y todas las personas civiles que sean socios de la Cooperativa Policía Nacional (CPN). El afiliado, en este tipo de planes, podrá realizar el pago con tarjeta de crédito o a través de débito de su cuenta de ahorros que mantiene en la Cooperativa Policía Nacional.  El afiliado podrá hacer uso de este Plan a partir del débito de la primera cuota por afiliación. Todos los requerimientos serán receptados únicamente por medio de nuestro Contact Center, WhatsApp o correo electrónico; a través de dichos medios, se atenderán todos los requerimientos. Para receptar los requerimientos, se le solicitará al afiliado, información personal específica y necesaria para el uso del servicio y para corroborar su afiliación.  Todas las vías de comunicación estarán disponibles en un horario de 09h00 a 18h00, de lunes a viernes; y para los fines de semana o días festivos, se encontrará habilitado el correo electrónico. Todos los requerimientos serán procesados y asignados a los abogados de inmediato o dentro de las 24 horas siguientes a la recepción de los mismos.  Los abogados de PL ABOGADOS tendrán la obligación de responder a los requerimientos en un término máximo de 48 horas (término se entenderá como días laborables), para lo cual tomarán contacto con el afiliado para resolver las solicitudes.   El afiliado deberá encontrarse al día en sus cuotas para que pueda acceder a los servicios, caso contrario, se suspenderá la prestación del servicio hasta que el afiliado se encuentre al día en el pago del servicio. Para ciertos requerimientos, PL ABOGADOS solicitará al afiliado la remisión de documentación para su análisis previo. Los Planes de asistencia legal son servicios a nivel nacional, manteniendo abogados adscritos en las ciudades capitales de las 24 provincias del país; no obstante, en caso de no existir profesionales abogados adscritos a PL ABOGADOS en el lugar del requerimiento del afiliado, éste podrá acudir al lugar más cercano donde consten profesionales adscritos para recibir la atención. La cobertura de los Planes de asistencia jurídica excluye el pago de tasas administrativas, gastos por concepto de movilización, copias, desplazamiento de algún profesional u otros rubros similares. En caso de cualquier reclamo, éste deberá presentarse por escrito en la oficina matriz de PL ABOGADOS en la ciudad de Quito, adjuntando los respectivos documentos de respaldo. Se establece un plazo máximo de quince días calendario, contados desde ocurrido el hecho, luego del cual PL ABOGADOS no se responsabilizará por dicha reclamación. Queda expresamente convenido que PL ABOGADOS se responsabilizará exclusivamente por el pago de honorarios a los abogados autorizados de acuerdo a las condiciones establecidas en el presente contrato, sin que tenga responsabilidad alguna por hechos que queden fuera de esta limitación, de tal manera que el afiliado no podrá acudir donde el profesional directamente, sin que antes se haya receptado el requerimiento por los medios de contacto establecidos de PL ABOGADOS.

CUARTA. CONTRATACIÓN Y FORMA DE PAGO.- La contratación podrá ser presencial o telefónica con nuestros asesores comerciales, o mediante llamada telefónica directa del interesado a nuestro Contact Center, debiendo en ese momento el interesado facilitar los datos que se requieran con el objeto de poder activar su afiliación al servicio.  PL ABOGADOS no se responsabilizará respecto a la veracidad de los datos personales facilitados.   Los documentos físicos, electrónicos y los audios de afiliación, estarán bajo la responsabilidad de PL ABOGADOS y serán accesibles para el afiliado, previa solicitud. Previamente a la aceptación del contrato y activación del servicio, con la antelación necesaria, PL ABOGADOS de modo veraz, eficaz y completo, ha informado oportunamente sobre las condiciones del contrato, las cuales son públicas en el apartado de Términos y Condiciones.  El valor mensual por el Plan de Asistencia Legal Servicio Activo y Plan de Asistencia Legal Servicio Pasivo y Civiles es de USD $5,99 (Cinco dólares con noventa y nueve centavos). El valor incluye IVA. El afiliado podrá pagar sus cuotas correspondientes a los planes a través de su cuenta de ahorros Cooperativa Policía Nacional, tarjeta de crédito o transferencia a la cuenta corporativa de PL ABOGADOS, esta última opción en caso de que el afiliado requiera ponerse al día para utilizar los servicios. PL ABOGADOS se obliga a mantener los datos personales de los clientes protegidos en todo momento, garantizando que solo se van a utilizar para los fines aceptados expresamente por los mismos durante toda la duración del contrato, y al amparo de la normativa legal vigente sobre protección de datos personales. La información más ampliada sobre protección de datos personales se encuentra en: https://plabogados.com.ec/politica-de-privacidad/ . PL ABOGADOS cuenta con un sistema de facturación electrónica, por lo que, el afiliado puede solicitar sus facturas a través del correo electrónico facturacion@plabogados.com.ec.  Constatada la afiliación, al afiliado se le enviará al correo electrónico con la información completa del servicio. El servicio es voluntario y el afiliado podrá darlo por terminado y solicitar la suspensión del débito en cualquier momento.

QUINTA. MORA.- En caso de mora, el afiliado se obliga a realizar el pago correspondiente para mantener activo el servicio. Mientras el afiliado no cancele los valores totales por su afiliación, PL ABOGADOS no podrá prestar el servicio, hasta que el afiliado cancele las cuotas pendientes. En caso de que la mora se extienda por más de 12 meses, PL ABOGADOS se reserva el derecho a dar por terminados los servicios y dejar de cobrar al afiliado.  En los casos en que el pago se realice a través de débito de la cuenta de ahorros en la Cooperativa Policía Nacional, PL ABOGADOS podrá debitar hasta dos cuotas pendientes; no obstante, si el afiliado requiere utilizar los servicios y adeuda más cuotas, deberá realizar el pago de los valores pendientes a la cuenta bancaria corporativa de PL ABOGADOS para que el servicio pueda ser prestado. 

SÉPTIMA. DURACIÓN DEL CONTRATO Y RENOVACIÓN.-   Este contrato tendrá una vigencia de dos años, renovándose renovándose por el mismo tiempo si no media renuncia expresa por cualquiera de las partes, con una antelación mínima de un mes antes de cada vencimiento y comunicada a través de una carta de desafiliación que deberá ser enviada al correo electrónico asistencia@plabogados.com.ec. Con el objeto de mantener la calidad del servicio, PL ABOGADOS podrá determinar la suspensión del servicio de atención telefónica y, en su caso, y previa advertencia al afiliado, dar por terminado el contrato si se detecta un uso irregular, fraudulento o no previsto contractualmente, como, por ejemplo, para beneficio de terceras personas.  Si el contrato no es renovado o si el AFILIADO desiste de mantener su suscripción, este último no podrá reclamar ni solicitar la devolución de los valores que se hayan pagado a PL ABOGADOS por aceptar libre y expresamente el servicio contratado.

OCTAVA: TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- Las partes acuerdan en forma recíproca que este contrato podrá darse por terminado en los siguientes casos: a) En caso de que el afiliado haya decidido no renovar el contrato. b) Por insolvencia, concurso de acreedores, quiebra, disolución o liquidación, de PL ABOGADOS o de la Cooperativa Policía Nacional o de insolvencia del afiliado. c) Por decisión unilateral del afiliado previa notificación formal por escrito, de conformidad a la cláusula anterior, y siempre y cuando cancele los valores adeudados pendientes, de ser el caso. d) Por decisión unilateral de PL ABOGADOS por el uso indebido del contrato, suplantación en la utilización de los servicios legales y otras causas que PL Abogados considere suficiente motivo.

NOVENA: COBERTURA DEL SERVICIO. – El afiliado al PLAN ASISTENCIA LEGAL ESENCIAL SERVICIO ACTIVO tiene la siguiente cobertura: 1. Asistencia y patrocinio en versiones ante Asuntos Internos de la Policía Nacional: El acompañamiento, asesoría, patrocinio y firma en versiones en el componente de Asuntos Internos. 2. Asistencia y patrocinio en versiones ante la Fiscalía: el acompañamiento, asesoría, patrocinio y firma en versiones el Fiscalía.  3. Revisión y adecuación de partes policiales o informes ejecutivos con normativa aplicable: revisión de antecedentes fácticos de partes policiales o informes ejecutivos y asesoría e inclusión de aspectos normativos que beneficien al afiliado, de acuerdo al caso. 4. Asesoría legal especializada en materia policial: El afiliado tendrá abogados especialistas en materia policial a nivel nacional. 5. Asesoría legal especializada en materias no policiales: civil, familia, negocios, penal, tránsito, laboral, administrativo, constitucional, corporativo, propiedad intelectual, protección de datos personales, tributario, ambiental, comercial, comercio exterior y demás materias. 6. Compensación de USD $200 (Doscientos dólares de los Estados Unidos de América) en caso de cesación por destitución: es decir, se refiere a cesación por destitución a través de sumarios administrativos. Se excluye cualquier otro proceso de cesación que no sea por sumario administrativo. 7. Protección legal integral familiar: asesoría legal gratuita para el núcleo familiar (cónyuge / unión de hecho / conviviente e hijos). 8. Precios preferenciales en cualquier servicio legal que no se encuentre en la cobertura: el afiliado tendrá acceso a costos preferenciales, por lo que siempre sentirá el beneficio de ahorro. Los precios preferenciales serán determinados de acuerdo al análisis de cada caso. Todos los servicios detallados en la presente cláusula, para servicio activo, son ilimitados, con el 100% de cobertura, a excepción de la compensación contemplada en el punto 6 cuya cobertura es del 100% y 1 evento por año.

El afiliado al PLAN DE ASISTENCIA LEGAL ESENCIAL SERVICIO PASIVO Y CIVILES tiene la siguiente cobertura: 1. Impugnación de contravenciones de tránsito: incluye la asesoría durante todo el proceso, presentación de escritos y patrocinio en audiencia de contravención de tránsito (1 evento por año). 2. Contratos de compraventa de vehículos: incluye la preparación del contrato, asesoría durante todo el proceso y coordinación notarial de ser necesario (2 eventos por año). 3. Contratos de arrendamiento: incluye la elaboración del contrato de arrendamiento conforme a la normativa vigente y la asesoría durante todo el proceso de contratación (2 eventos por año). 4. Autorizaciones de salida del país de menores de edad: incluye la elaboración del documento de autorización con firma de abogado y coordinación notarial de ser necesario (2 eventos por año). 5 Chequeo preventivo de bienes: incluye el análisis de bienes adquiridos o por adquirir, la obtención de documentos y la asesoría oportuna del abogado (1 evento por año, se excluye el pago de tasas administrativas). 6. Asistencia legal de emprendimiento: asesoría legal gratuita durante todo el proceso de emprendimiento, con el fin de lograr un emprendimiento exitoso y sostenible (ilimitado). 7. Asistencia legal integral: asesoría en temas: civil, laboral, familia, negocios, penal, tránsito, administrativo, constitucional, corporativo, propiedad intelectual, protección de datos personales, tributario, ambiental, agrícola, comercial, comercio exterior y demás materias (ilimitado). 8. Precios preferenciales en cualquier servicio legal que no se encuentre en la cobertura: el afiliado tendrá acceso a costos preferenciales, por lo que siempre sentirá el beneficio de ahorro (ilimitado). Los precios preferenciales serán determinados de acuerdo al análisis de cada caso. Todos los servicios detallados en la presente cláusula, para servicio pasivo y civiles, tienen el 100% de cobertura.

DÉCIMA. IDENTIFICACIÓN PREVIA AL USO.- Cuando el afiliado se contacte con PL ABOGADOS para realizar una petición de servicio dentro de su cobertura, PL ABOGADOS solicitará al mismo los datos o documentos que sean necesarios para comprobar que se trata de la persona titular del plan de asistencia legal. Dichos datos habrán sido facilitados por el propio afiliado en el momento de la contratación. Este servicio es personal e intransferible

DÉCIMO PRIMERA. PREEXISTENCIAS.- En caso de preexistencias, PL ABOGADOS podrá otorgar un descuento de acuerdo al servicio que se trate, previo análisis.

DÉCIMO SEGUNDA. RESPONSABILIDAD.- PL ABOGADOS prestará los servicios descritos en este documento con altos estándares de calidad y agilidad durante el plazo de duración y términos acordados en el mismo, salvo las situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, según las disposiciones del Art. 30 del Código Civil.

DÉCIMO TERCERA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN.- En los planes de asistencia legal son de uso exclusivo del afiliado o su núcleo familiar, de acuerdo a las condiciones establecidas.  El Afiliado no podrá ceder total ni parcialmente los derechos y obligaciones adquiridos mediante este contrato, a terceras personas.

DÉCIMO CUARTA. CONFLICTO ENTRE AFILIADOS O CONFLICTO DE INTERESES.- El servicio no podrá ser prestado en casos de conflicto de intereses, es decir,  cuando el afiliado a PL ABOGADOS solicite la asistencia para casos que van en contra de la institución con la que mantiene el convenio de débitos, Cooperativa Policía Nacional; cuando se traten de casos legales de un afiliado en contra de otro afiliado, y otros supuestos que PL ABOGADOS considere como conflicto de intereses. Para todos estos supuestos, se informará oportunamente a las partes y se explicará las razones por las que el servicio no podrá ser ejecutado.  

DÉCIMO QUINTA. JURISDICCIÓN Y COMPETENCIA.- En caso de controversias, las partes acuerdan someterse a arreglos amigables, mediación, y de no existir acuerdo a través del acta de mediación de imposibilidad de acuerdo, las partes acuerdan someterse a arbitraje de cualquier centro de arbitraje reconocido, elegido por las Partes y al procedimiento constante en la normativa vigente, con un solo árbitro.

DÉCIMO SEXTA. CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN DE DÉBITO COOPERATIVA POLICÍA NACIONAL.- El afiliado, en el caso de que haya seleccionado la modalidad de pago a través de su cuenta de ahorros de la Cooperativa Policía Nacional Ltda., autoriza de manera expresa, libre y voluntariamente para que se debite en forma mensual de su cuenta de ahorros que mantiene en la Cooperativa Policía Nacional, la cantidad de $ 5,99 (CINCO DÓLARES CON NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS), impuestos incluidos, por concepto del Plan de Asistencia Legal Esencial Servicio Activo / Plan de Asistencia Legal Esencial Servicio Pasivo y Civiles; y autoriza, de ser el caso, que se le debite la cantidad correspondiente hasta dos cuotas adeudadas por el servicio. Asimismo, conoce que dicho valor será depositado en la cuenta corporativa perteneciente a la empresa PL ABOGADOS. Adicionalmente, conoce y acepta que la Cooperativa Policía Nacional no mantiene ningún vínculo legal ni de hecho con la empresa PL ABOGADOS, a más del convenio de débitos, para lo cual expresamente renuncia a cualquier tipo de reclamo a la Cooperativa Policía Nacional por los servicios o derechos que preste PL ABOGADOS que se generen por el descuento de su cuenta de ahorros.

DÉCIMO SÉPTIMA. CLÁUSULA DE AUTORIZACIÓN DE DÉBITO TARJETAS DE CRÉDITO/DÉBITO.- El afiliado, en el caso de que haya seleccionado la modalidad de pago a través de tarjeta de crédito o débito, acepta conocer las condiciones de pago de tarjetas de la institución emisora.

DÉCIMO OCTAVA.- El presente contrato podrá ser modificado sin previo aviso de acuerdo a la expedición de nuevas normas, evaluación de siniestralidad, evaluación de requerimientos que se presenten o servicios que puedan ser incluidos. Cualquier modificación estará siempre disponible para el usuario en el sitio web y/o se le podrá informar a través de correo electrónico.

DÉCIMO NOVENA. ACEPTACIÓN.- El afiliado acepta conocer las condiciones establecidas en el presente Acuerdo, así como también en los términos y condiciones generales y política de privacidad y protección de datos personales de la web de PL Abogados y se compromete a cumplir lo estipulado en el mismo. 

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