El nuevo Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Policía Nacional

El pasado 14 de mayo de 2019, a través del Acuerdo Ministerial No. 0080, el Ministerio del Interior expidió el Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos de la Policía Nacional cuya finalidad es normar la estructura, competencias y organización institucional de la Policía Nacional.

En lo principal, este cuerpo legal se compone de los principios y valores fundamentales que lo rigen, entre los cuales se encuentran el respeto a los derechos humanos, participación ciudadana, modernización, tolerancia, credibilidad, honor, entre otros. Adicionalmente, como objetivos institucionales, se plantean entre los más importantes, el incrementar la efectividad operativa, incrementar la confianza ciudadana, incrementar la transparencia en la gestión institucional, e incrementar el bienestar del talento humano policial.

Por otro lado, otorga la responsabilidad al Comité de Gestión de Calidad del Servicio y el Bienestar Institucional de proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de la eficiencia institucional. Se establece que este Comité estará integrado por: a) El Comandante General o su delegado; b) El Director Nacional de Planificación; c) Un responsable de las direcciones generales y direcciones nacionales; y, d) El responsable de la Dirección Nacional de Administración de Talento Humano.

Posteriormente, el Estatuto norma la estructura institucional policial, determinando quién es el responsable de cada área de gestión, así como cuál es la misión de cada una de éstas, y sus atribuciones y responsabilidades de acuerdo al cargo; por ejemplo, están entre ellas, la Gestión Nacional de Asuntos Internos, la Gestión de Asesoría Jurídica, la Gestión de Comunicación Interna, la Gestión Nacional de Operaciones Especiales y Servicios Especializados, etc., cada una con su misión, su responsable y las atribuciones y responsabilidades.

De otra parte, en sus disposiciones generales, realiza énfasis en cuestiones relevantes como las relacionadas con el Servicio de Cesantía, el ISSPOL, la Federación Deportiva Policial y el Instituto Nacional de Estudios Históricos Policiales, señalando que estos organismos contarán con su propia normativa en cuanto a su organización y funcionamiento, por lo que no forman parte de este Estatuto. Así también, dispone que este nuevo cuerpo legal constituirá el instrumento base para la actualización, rectificación o incorporación de nuevos puestos en el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos (cargos) de la Policía Nacional.

Finalmente, en sus Disposiciones Transitorias, otorga el plazo de 180 a la Dirección Nacional de Administración de Talento Humano, Dirección Nacional de Planificación y Dirección Nacional Financiera para que, en base a este instrumento, elaboren el Manual de Descripción, Valoración y Clasificación de Puestos, el Modelo de Gestión Institucional y ejecute la reestructuración de las UDAFs y EODs, respectivamente.

POLILEGAL S.A.
Mayo 2019

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