La importancia de la Directiva Nº 001/2019/DGP/PN en el marco legal administrativo policial
- PL ABOGADOS
- junio 7, 2019
![](https://plabogados.com.ec/wp-content/uploads/2022/02/Falta-Imagen-Blog-1024x683.jpg)
El pasado 12 de abril de 2019 fue publicada en la Orden General No. 071 de la Policía Nacional, la Directiva Nº 001/2019/DGP/PN, la cual pasa a regular los aspectos fundamentales de funcionamiento del componente de Talento Humano de la Policía Nacional del Ecuador, en base al Código Orgánico de las Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (COESCOP).
Como es de conocimiento público, el COESCOP debería ser complementado por su correspondiente normativa reglamentaria, tal y como lo dispone la Disposición Transitoria Primera del propio cuerpo normativo, normativa infra legal que hasta día de hoy no ha sido publicada, generando incertidumbre e inseguridad jurídica entre los miembros de las entidades de seguridad ciudadana que están sometidos a la regulación del COESCOP, y a su vez, entre los operadores de justicia, los cuales debemos enfrentar los numerosos vacíos legales del código orgánico.
Al respecto, la Directiva 001/2019/DGP/PN, regula, de manera provisional, y hasta que se emitan los mencionados reglamentos, la organización y funcionamiento del componente de Talento Humano de la Policía Nacional, lo cual significa que esta nueva norma regula aspectos tan relevantes como los ingresos de aspirantes y cadetes al servicio activo, ascensos, evaluaciones anuales desempeño y competencias, traslados y comisiones, cesación, reincorporaciones, etc. Algunas de estas nuevas figuras fueron introducidas por el COESCOP, pero carecían de definición y desarrollo jurídico.
Adicionalmente, la directiva mencionada deroga a su vez la Directiva Nº 2018/001/DGP/PN, la cual regulaba los procesos de concesión de condecoraciones y felicitaciones a los servidores policiales. A partir de ahora, la Directiva publicada el 12 de abril de 2019 regula directamente este ámbito, ello con el fin de que los servidores policiales conozcan cómo proceder ante Talento Humano con el fin de solicitar estos reconocimientos profesionales.
El ámbito de vacaciones, licencias y permisos queda regulado por las mismas disposiciones aplicables a los servidores públicos en general, es decir, bajo el régimen de la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento.
Por lo tanto, podemos afirmar que la Directiva Nº 001/2019/DGP/PN, la cual entró en vigor el pasado 12 de abril de 2019 con su publicación, es, junto con el COESCOP, la norma de mayor relevancia en el ámbito administrativo policial, ya que no solo completa un gran número de vacíos legales que el código presentaba, sino que complementa y detalla nuevos conceptos jurídicos que hasta ahora permanecían indeterminados, generando una mayor certeza y claridad sobre este ámbito jurídico.
Autor: Víctor Fernández.
Junio 2019
¡COMPARTE ESTE ARTICULO EN TUS REDES SOCIALES!