Las sanciones por faltas disciplinarias en el Reglamento Sustitutivo al Reglamento de Disciplina de la Policía Nacional
- PL ABOGADOS
- marzo 28, 2017
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A través del Acuerdo Ministerial No. 8010 del Ministerio del Interior, publicado en el Registro Oficial No. 939, de 7 de febrero de 2017 se expidió el Reglamento Sustitutivo al Reglamento de Disciplina de la Policía Nacional, el cual se constituye en el nuevo instrumento jurídico para establecer un régimen disciplinario dentro de la institución. Uno de los cambios más importantes se refiere a la regulación de las sanciones por faltas disciplinarias.
Respecto de ello, en el anterior Reglamento se establecían como sanciones: la destitución o baja, el arresto, la reprensión, el recargo del servicio, y la fajina. En el nuevo Reglamento Sustitutivo, el Art. 31 modifica algunas de estas reprensiones; por ejemplo, el arresto, el recargo del servicio, y la fajina se eliminan completamente, y se sustituyen por la suspensión del cargo sin goce de remuneración hasta 30 días, y con sanción pecuniaria del 1 al 7% de la remuneración mensual unificada. La destitución o baja, y las reprensiones se mantienen en el nuevo Reglamento.
Asimismo, el Reglamento Sustitutivo, en su Art. 37 cuantifica las sanciones en sus diferentes niveles homologados a arrestos disciplinarios, las cuales tendrían incidencia en los Deméritos conforme el Reglamento de Evaluación para el Ascenso de los Oficiales de la Policía Nacional.
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Para el caso de Clases y Policías, el artículo dispone que los valores de cuantificación de las sanciones disciplinarias por reprensiones tendrán un valor ponderado equivalente al 100% de la interpolación geométrica, equivalencia que se determinará en función de los grados jerárquicos de los niveles de mando o conducción, mando intermedio o supervisión operativa, y ejecución operativa, equiparando el grado de Policía con el de Subteniente de Policía y así sucesivamente en relación al resto de grados jerárquicos. Cabe tomar en cuenta que para aplicar o modificar las sanciones no existirá equivalencia de atenuantes y agravantes.
Este Reglamento Sustitutivo al Reglamento de Disciplina propone un procedimiento disciplinario que otorgue todas las garantías constitucionales, y así mismo, propugna que se convierta en un incentivo para el servidor policial en la realización de sus tareas, constituyéndose en un elemento trascendental para una policía moderna. De todas formas, cada caso relacionado con las sanciones por distintas faltas disciplinarias dentro de la Institución, deberá analizarse individualmente y en apego a las disposiciones constitucionales y legales vigentes en nuestro ordenamiento.
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